jueves, marzo 21, 2013

¿Se comete una "injusticia" si dimite un diputado implicado por un juez?

Es sorprendente de repente la pulcritud que envuelve a los medios tras la imputación de Oriol Pujol (Pujol II príncep de Montserrat). Las informaciones referentes a su implicación con el caso ITV -al contrario de lo que sucede con los casos de corrupción que se dan en el resto de España- eran silenciadas con el argumento de que Oriol Pujol no estaba “implicado” (a pesar de que este mismo rasero no se emplea, como digo, en casos que implican a políticos “espanyols”). Los ecos que llegaban aquí eran a través de la “premsa espanyola” y si un medio de aquí lo trataba era justo para denunciar eso, lo que hacía la prensa “de Madrit” y no para entrar en los detalles del caso (totalmente desconocidas para quien se informe solo por la prensa-radios-televisiones catalanas).

Y uno pensaba que llegada la más que previsible imputación la cosa de alguna forma cambiaría y se hablaría de las imputaciones a Pujol…pues no. El tema no es ese sino lo que debe o no debe de hacer un imputado, subrayando siempre que un imputado no es un culpable y que ha de primar la presunción de inocencia. Y el argumento estrella del momento (inventado ex profeso para el señor Oriol Pujol y que se llevaba un tiempo, desde que hizo previsible su imputación, “calentando” en algunos medios) que no es otro sino el de la “imposible rehabilitación” y la profunda injusticia que se daría si un imputado que ha dimitido de todos sus cargos (delegar no es dimitir) y ha dejado su acta de diputado, resultara inocente.

El argumento invierte el significado de un cargo público, pervirtiéndolo. Vamos, uno no es ministro, concejal o diputado como premio a su capacidad o porque sea de justicia (porque según sus méritos “le corresponde”). El político es un servidor público y ejerce en cuanto que sirve. Si no sirve debe ser relevado (y así se hace cuando es por cualquier motivo, sin que ello se considere “injusticia”). Si el President de la Generalitat decide que un Conseller debe ser relevado, por ejemplo, nadie considerará eso como una injusticia, por más que esa persona “merezca” ese puesto. Merecer, merecer, lo pueden merecer cientos de miles de ciudadanos. Pero ese puesto no está creado para servirle ni por sus merecimientos, sino porque es útil al pueblo. Un juez relevado por alguna incompatibilidad de un juicio en concreto no es menos “merecedor” de juzgarlo, simplemente no es el adecuado. En resumen: El cargo político lo es no para servir a quien lo ostenta o a sus ambiciones personales, sino para servir al pueblo.

Un cargo público debe no solo ser “inocente”, sino estar libre de toda tacha, es una condición que debería ser indispensable para ejercer cargo. La “presunción de inocencia” se le aplica a él como persona, por supuesto, pero como cargo público no ha de ser “presuntamente inocente”, sino limpio de toda sospecha. Esta pulcritud no existe cuando un juez (y no un diario) a encontrado indicios suficientes como para imputarle.

No es la primera vez que sucede esto de que en lugar de centrar la atención mediática en los hechos informativos en sí (el caso de corrupción) se desvía hacia adyacentes que justamente buscan disculpar a los “presuntos”. Podemos recordar la invención de otro gran concepto, la “pena de telediario” con el caso Pretoria (casualmente se trataba también de políticos catalanes, y en especial de dos “intocables” de la CiU de Pujol padre). Nadie habla del “premio de telediario” que ostentaban hasta entonces y que hace que cualquiera de esos mismos políticos tenga una consideración o unos sueldos estratosféricos, por el mero hecho de haber sido servidor público.

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